Aunque usted tiene el derecho de representarse a si misma en la corte, no espere tratamiento especial, ayuda o asistencia de la corte ni su personal. A continuación hay una lista de lo que el personal de la corte puede o no puede hacer por usted.
El personal de la corte puede:
- Explicarle y contestarle preguntas acerca del funcionamiento de la corte.
- Decirle cuales son los requerimientos para que su caso sea considerado por la corte.
- Darle información acerca de su caso.
- Proporcionarle ejemplos de los formularios de la corte que están a su disposición.
- Proporcionarle información acerca de cómo llenar los formularios.
- Generalmente contestar preguntas acerca de los plazos de la corte.
El personal de la corte NO puede:
- Darle consejos legales (Solo un abogado puede darle consejo legal).
- Decirle si debe o no debe llevar su caso a la corte.
- Darle una opinión de lo que ocurrirá si lleva su caso a la corte.
- Recomendarle un abogado.
- Hablar por usted con el juez acerca de lo que ocurrirá con su caso.
- Permitirle hablar con el juez fuera de la corte.
- Cambiar un orden dado por el juez.
